Geografía e Historia
Almacenes y Cargadero
ENFERMEDADES, LICENCIAS Y EXCEDENCIAS
En el apartado de enfermedades, licencias y excedencias la Empresa se ajustaba a lo articulado en la Reglamentación de 12 de Abril de 1945. Se consideraban licencias especiales las que se vinculan con casos de enfermedad grave de la esposa, padres, hijos o hermanos cuyo domicilio estuviese a menos de 100 kms. de distancia, la licencia sería de cuatro días, tiempo que podría aumentarse de acuerdo entre Empresa y el trabajador.
Se considera también licencias especiales en los casos en que, por prescripción facultativa, el trabajador debiera ausentarse de su lugar de trabajo; también en los casos contemplados en el artículo 67 de la Ley de Contrato de Trabajo o cualquier otra disposición vigente; así como por causas de fuerza mayor.
La retribución o no por parte de la Empresa quedaba a su criterio salvo que lo establecido en la legislación determinase lo contrario; y siempre teniendo en cuenta el celo y asiduidad en el trabajo del beneficiario.
Archivos de Empresas Mineras, Prevención de Riesgos Laborales, Reglamentos, Responsabilidad Social Corporativa, Sociedad Francesa de Piritas de Huelva
Fuentes para el estudio de la Minería en Andalucía. Los archivos de las Antiguas Empresas Mineras...
VII Fuentes para el estudio de la Minería en Andalucía. Los archivos de las Antiguas Empresas Mineras. La Sociedad Francesa de Piritas de Huelva y su Reglamento de Régimen Interior.
María del Carmen Calderón Berrocal.
Una Apuesta por el Desarrollo Local Sostenible.
Emilio Romero Macías (Cord.) 2010 © Servicio de Publicaciones Universidad de Huelva © Emilio Romero Macías (Cord.) I.S.B.N. 978-84-92944-22-4 Depósito legal H 265-2010